La calefacción central tal y como la conocemos llega a su fin, por lo menos en una gran parte de los edificios que la utilizan. Si el edificio en el que vives tiene este sistema, te interesará saber qué cambios se requieren, qué casos están exentos de modificaciones y cuál es el plazo para realizarlos. En Ogisa te damos toda la información.
¿Qué incluye la nueva norma sobre la calefacción central de 2023?
Para 2023 deben estar instalados dispositivos de contabilización individuales en cada uno de los pisos que forman parte de una comunidad de vecinos con calefacción central. Esta medida tiene el fin de que cada vecino pague por lo que consume. Pero no es el único propósito, también se quiere reducir el derroche de energía y la contaminación.
Con la instalación de los medidores de consumo se consigue que cada vecino sea consciente de cuál es su consumo y lo ajuste a sus necesidades. Con este gesto se reduce el desperdicio de energía y se contribuye a reducir la contaminación de las ciudades.
Los dispositivos que se han de colocar son contadores individuales que miden el consumo de cada vivienda. Existen casos excepcionales en los que las características del edificio no permiten la instalación de estos aparatos. La alternativa en estos casos es el montaje de repartidores de costes en cada radiador individual.
¿A qué edificios les aplica la nueva norma sobre calefacción central?
No es necesario que todos los edificios con calefacción central se sometan a la nueva normativa. Hay algunas excepciones, aunque son muy poco frecuentes. Incluso en estos casos, hay algunos en los que se pedirá un estudio que confirme que realmente entran dentro del grupo de viviendas exentas.
Construcciones en las que no sea viable
Algunos sistemas de calefacción en comunidades de vecinos anteriores al año 1997 disponen del sistema de distribución por columnas. En este circuito, las canalizaciones pasan de piso a piso directamente, del radiador de un vecino al del otro vecino. Otros bloques de viviendas tampoco son viables para la colocación de contadores por otros motivos de diseño, en este caso arquitectónicos.
Pero estas razones no eximen por sí solas de la colocación de un dispositivo para el control de los consumos. Si se da alguno de estos casos, es obligatorio instalar dispositivos de medición individuales en cada uno de los radiadores. Solo si esta segunda opción también es inviable, se daría por exento al bloque.
Edificios en los que la alternativa no resulta económicamente rentable
Cuando un edificio no puede colocar contadores para cada vivienda, es obligatorio recurrir a dispositivos de medición individuales en todos los radiadores. Pero hay casos en los que esta alternativa es tan costosa que se considera poco rentable y por tanto se concedería la exención.
Para entrar en la consideración de exención por no poder colocarse ni contadores ni dispositivos individuales por radiador, es necesario un informe certificado. Hay que solicitar un estudio a la entidad que corresponda para que confirme por escrito que no existe ninguna posibilidad rentable de hacerlo.
Viviendas con sistemas de ventiloconvectores o aerotermos
Los ventiloconvectores o los aerotermos tienen el mismo inconveniente que los edificios con distribución por columnas, la nula viabilidad de colocar contadores. Nuevamente, hay que justificar que ni la opción principal ni la alternativa son viables.
Zonas climáticas más cálidas
Las zonas climáticas más cálidas del país, registradas como zonas A y B en el Código Técnico de Edificación, están totalmente exentas de la medida. La temperatura media actúa como limitador, ya que el uso de la calefacción es moderado y por espacios de tiempo cortos. En la actualidad se considera que estas zonas son Ceuta, Melilla y las zonas del Guadalquivir, del Levante y las islas.
¿Qué plazo hay para realizar los cambios?
La fecha límite para aplicar esta medida es mayo de 2023. Para esta fecha hay que tener realizados todos los cambios y tener presentados los documentos que avalen la reforma. Es decir, desde el 7 de agosto de 2020 que entró en vigor el decreto, todas las comunidades con calefacción central deben realizar y justificar la colocación de contadores individuales por vivienda. Si no es posible, han de demostrar la imposibilidad de la colocación e instalar dispositivos que contabilicen el consumo por radiador.
En los casos en los que no se puede colocar, hay que solicitar el informe correspondiente que justifique, mediante la inspección de un profesional autorizado, que la opción de contador no es posible y que la de los dispositivos de radiadores no resulta suficientemente rentable.
¿Quién coloca los contadores individuales?
Para colocar los contadores individuales que regulen el consumo de la calefacción central, es necesario contratar a un profesional que una vez realizado el trabajo suministre un documento que avale la colocación. A partir de ahí, cada vecino recibirá periódicamente un justificante que refleje lo que ha consumido y el importe que debe ser abonado.
Es importante un buen asesoramiento y la correcta ejecución del proyecto. Por eso, es fundamental ponerse en contacto con una empresa cualificada, una que conozca lo que exige la normativa sobre instalaciones de calefacción central y que tenga experiencia en el mantenimiento y reparación de circuitos de calefacción.